martes, 7 de enero de 2014

¿Cómo cancelar los productos vinculados a la hipoteca? - Asnef.ORG

Cada vez es más habitual que las entidades financieras condicionen la concesión de un préstamo hipotecario a la contratación de determinados productos. Domiciliación de la nómina y de recibos, tarjetas de crédito o débito, planes de pensiones y seguros son, por lo general, las vinculaciones más demandadas por los bancos.


De todas estas vinculaciones, los seguros (de vida, hogar y de protección de pagos) son los que generalmente encarecen más el coste final de la hipoteca y, aunque pudieran parecer obligatorios, no lo son.


Según el Real Decreto 716/2009 el único seguro obligatorio a la hora de firmar un préstamo hipotecario es el seguro de daños (cubre el valor de la vivienda en caso de incendio, inundación o terremoto) y, según la legislación no es necesario contratarlo con la entidad que nos concede el préstamo.


El resto de seguros se pueden cancelar una vez firmada la hipoteca. Antes de hacerlo, eso sí, es importante analizar si estos productos vinculados bonifican o no, el tipo de interés del préstamo hipotecario.


Pasos para cancelar estos productos


Si los productos vinculados bonifican el tipo de interés de la hipoteca deberá echar cuentas y calcular si compensa o no su cancelación. Tenga en cuenta que, por cada producto asociado que cancele el tipo de interés de su préstamo subirá en la siguiente revisión de la cuota.


Para saber si los productos contratados bonifican el tipo de interés de su hipoteca compruébelo en la escritura de la misma (este tipo de cláusulas aparecen en un apartado denominado “Revisión del tipo de interés”).


Por el contrario, si los seguros y demás productos vinculados funcionan como un requisito para la concesión de la hipoteca pero no bonifican el tipo de interés ni figuran en la escritura del préstamo, podrán cancelarse después de firmar el contrato o cuando haya vencido la póliza.


El trámite para su cancelación es sencillo:


  • Solicita la cancelación del seguro formalmente y por escrito a tu entidad bancaria con acuse de recibo.

  • En la solicitud de cancelación debe constar el número de póliza del seguro, el número de cuenta de cargo y los datos del titular.

  • Si una vez entregada la solicitud de cancelación del producto ésta no se hace efectiva, puedes reclamar por escrito al Servicio de Atención al cliente (SAC) de su entidad bancaria.

  • Si el SAC no atiende tu demanda puedes acudir, por último, al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

  • Aspectos a tener en cuenta


    A la hora de firmar una hipoteca es conveniente valorar económicamente si te conviene o no contratar estos productos y si su contratación repercutirá en el tipo de interés de la hipoteca.


    Es importante tener en cuenta, además, que existen seguros que son de prima única, es decir, que se pagan de una sola vez y normalmente al inicio del préstamo. Al comparar ofertas hipotecarias, averigua en detalle las condiciones de pago de los seguros que ofrecen las entidades.



    ¿Cómo cancelar los productos vinculados a la hipoteca?

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