lunes, 2 de junio de 2014

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Renta 2013: Así se declaran (y se aprovechan) las mensualidades
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En principio «para la deducción de impagados, tienen que haber transcurrido seis meses entre la primera gestión del cobro y el 31 de diciembre de 2013, o que el arrendatario haya entrado en concurso de acreedores», explica Luis del Amo.



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